Desde el 23 de julio de 2015, fecha en la que entró en vigor la Ley de Jurisdicción Voluntaria, es posible dar el “sí, quiero” ante una de las casi 3.000 notarías que hay actualmente en España.
De esta manera el trámite será mucho más ágil, rápido, y en muchas ocasiones, más económico; además de favorecer a los procedimientos judiciales, ya que descongestiona los Juzgados. No solo influye el gran número de notarios en todo territorio nacional, sino que también favorece la tramitación del matrimonio la preparación jurídica y el desarrollo tecnológico que se ha alcanzado, conectando de este modo unas notarías con otras e incluso con administraciones públicas.
Gracias a esto, es ahora posible contraer matrimonio en una semana e incluso en unos días, evitando de esta manera la dilación que supone el tener que esperar períodos de hasta un año en los juzgados, ayuntamientos y registros civiles.
Se trata de una ceremonia muy corta, a la que los contrayentes deberán acudir con dos testigos, para que el notario lea los tres artículos del Código Civil, a saber, 66, 67 y 68; que recogen los derechos y deberes del matrimonio.
No habría obligación por parte del notario de desplazarse fuera de la notaría, pero si existiría la posibilidad de acordar una fecha y lugar para la celebración de la boda.
No obstante, y aunque en un principio se habló que los notarios podrían hacerse cargo de tramitar los expedientes matrimoniales desde el 30 de junio de 2017, debido a la presentación ante el Senado, esto no será posible hasta el 30 de junio del 2018; a la espera de confirmación de esta fecha.
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