DERECHO MERCANTIL Y SOCIETARIO

La elección de la forma jurídica para la puesta en marcha de una nueva empresa debe ser objeto de un detenido estudio, a fin de elegir aquella que mejor se adapte a las características del proyecto a desarrollar.

Constituimos su sociedad, redactando los estatutos privados que lo regirán y gestionando la firma ante la notaría y el pago de los impuestos correspondientes, cumpliendo así con todos los requisitos legales necesarios y su puesta en marcha en pocos días.

El acuerdo de disolución da comienzo al proceso por el cual se extingue la sociedad, abriendo el periodo de liquidación, durante el cual la sociedad conserva su personalidad jurídica.  La liquidación tiene como efecto la pérdida de la personalidad jurídica de la sociedad. Con la apertura del periodo de liquidación pasarán a administrar la sociedad los liquidadores. Éstos se encargarán de las operaciones necesarias para liquidar el haber social y repartir la cuota correspondiente a los socios.  La sociedad se extingue por completo cuando se cancelan los asientos de la misma en el Registro Mercantil.

Es el proceso por el cual una sociedad altera su forma y estructura jurídica, adoptando la correspondiente a un tipo distinto reconocido por la Ley, sin producirse un cambio en su personalidad jurídica, que subsiste bajo la forma nueva.

Cada empresa en función de su modus operandi requiere la redacción y estudio de contratos mercantiles ajustados a su actividad y operativa. Deje que le asesoremos para cumplir con sus objetivos y requerimientos.

Cualquier cambio o alteración de los estatutos de la sociedad, bien por necesidad, bien por conveniencia, ya afecte a su fondo, suprimiendo o adicionando preceptos estatutarios, o dándoles nueva redacción.