Poseer la doble nacionalidad es la condición de ser ciudadano de dos naciones. También hemos de saber que el derecho internacional no prohíbe a ninguna persona a tener doble o múltiple ciudadanía, pero algunos países ven la ciudadanía múltiple como indeseable, por lo que toman medidas legales para prevenirla, consistentes sobre todo, en la pérdida automática de una nacionalidad cuando se adquiere otra voluntariamente.
¿Qué implicaciones tiene la doble nacionalidad?
Una persona que posea dos nacionalidades tiene como consecuencia la existencia de un doble vínculo jurídico. Es decir, la persona con doble nacionalidad es nacional de dos países, gozando de la plena condición jurídica de ambos Estados.
Sin embargo, esto no quiere decir que estas personas puedan estar sometidas simultáneamente a las legislaciones de ambos países sino que, se articulan medios para “dar preferencia a dicha persona de una de las nacionalidades” y de esta manera, tener un punto de referencia en lo relativo a las relaciones ciudadano-estado.
Para ello, la mayor parte de los convenios de doble nacionalidad toma el domicilio como punto de referencia, de tal manera que los ciudadanos con doble nacionalidad no estarán sometidos de forma constante a ambas legislaciones, sino sólo a la del país en el que tengan fijada su residencia. Esto será aplicable para cuestiones tales como el otorgamiento de pasaporte, la protección diplomática, el ejercicio de los derechos civiles y políticos, los derechos de trabajo y de seguridad social y las obligaciones militares.
En España puedes tener doble nacionalidad cuando:
- Eres hijo/a de un matrimonio en el que uno de los progenitores es español y el otro de otra nacionalidad.
- Siendo español/a adquieres después otra nacionalidad sin perder la primera. Esto se da solo en casos en los que España tiene convenios por doble nacionalidad. Los países en los que existe este acuerdo son los países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial y Portugal. Se considera país iberoamericano a aquel en el que el español o el portugués es una de las lenguas oficiales. Por ejemplo, Puerto Rico sí se considera país iberoamericano, pero no Haití, Jamaica, Trinidad y Tobago y Guyana.
Además de estos, puede ser que te encuentres en otro caso específico como puede ser que naciste en un país que tiene firmado el convenio de doble nacionalidad y ahora quieres obtener la española o tienes la doble nacionalidad de otros países, pero quieres la española.
En estos casos desde Daemi Zabalza & Asociados le aconsejamos que sería más adecuado asegurarse más profundamente de las posibilidades de adquirir la nacionalidad española o a cual debería renunciar en cualquier caso. Por ello, siempre es conveniente que cuente con un abogado especializado en la materia que le pueda asesorar acerca de las mejores opciones y cómo tramitarlo.
Deja tu comentario